Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 14 mar 2023
La Política cloud del sector público autonómico prevista en el artículo 5 deberá aprobarse por el Gobierno de Aragón dentro del plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley.
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eli/es-ar/l/2023/02/23/7#disposicion-adicional-primera

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