Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Empleo e inclusión laboral
Art. 29
En vigor desde 2 ene 2015
La Consejería competente en materia de empleo fomentará el mantenimiento y la generación de empleo de las personas con discapacidad mediante el establecimiento de ayudas que faciliten su inclusión laboral.
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Proeli/es-cm/l/2014/11/13/7#art-29