Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección primera. La Agencia Catalana del Patrimonio Cultural
Art. 73 quinquies
En vigor desde 31 dic 2011
Corresponde al Gobierno aprobar, mediante decreto, los estatutos de la Agencia Catalana del Patrimonio Cultural, los cuales deben determinar el régimen de funcionamiento de los órganos de gobierno, la estructura de los equipamientos gestionados y su régimen de gestión.
Se añade por el art. 152 de la Ley 11/2011, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-548 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/07/27/7#art-73-quinquies