Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección tercera. Tasas›§ Subsección trigésima tercera. Tasa de almacenaje de mercancías (T02)
Art. 35
En vigor desde 30 jul 2011
Se modifica el artículo 24 del texto articulado aprobado por el Decreto Legislativo 2/2010, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 24. Exenciones.
Están exentas de esta tasa las mercancías a las que se refiere el artículo 57 de la tasa de carga, descarga, transbordo y tránsito de mercancías.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/07/27/7#art-35