Art. 35
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección tercera. Tasas§ Subsección trigésima tercera. Tasa de almacenaje de mercancías (T02)

Art. 35

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En vigor desde 30 jul 2011
Se modifica el artículo 24 del texto articulado aprobado por el Decreto Legislativo 2/2010, que queda redactado del siguiente modo: «Artículo 24. Exenciones. Están exentas de esta tasa las mercancías a las que se refiere el artículo 57 de la tasa de carga, descarga, transbordo y tránsito de mercancías.»
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