Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección tercera. Tasas›§ Subsección trigésima tercera. Tasa de almacenaje de mercancías (T02)
Art. 35
35 / 118En vigor desde 30 jul 2011
Se modifica el artículo 24 del texto articulado aprobado por el Decreto Legislativo 2/2010, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 24. Exenciones.
Están exentas de esta tasa las mercancías a las que se refiere el artículo 57 de la tasa de carga, descarga, transbordo y tránsito de mercancías.»
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Proeli/es-ct/l/2011/07/27/7#art-35