Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Competencia y Procedimiento

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 20 abr 2011
Todas las solicitudes de licencias y de autorizaciones presentadas antes de la entrada en vigor de la presente Ley se rigen por la normativa de aplicación en el momento en que se solicitaron, sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones técnicas que puedan afectar a la seguridad de las personas y de los bienes o la convivencia entre los ciudadanos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2011/03/21/7#disposicion-transitoria-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil