Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Competencia y Procedimiento
Art. 53
En vigor desde 19 dic 2013
1. La incoación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores por faltas leves y graves corresponderán a los Ayuntamientos de la región, salvo en los supuestos en que la comisión de la infracción se impute a los mismos Ayuntamientos o se cometa en materia de festejos taurinos, en cuyo caso corresponderán a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
2. La incoación y tramitación de expedientes sancionadores por faltas muy graves corresponderá a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de los órganos competentes en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. La resolución de tales expedientes corresponderá a la persona titular de la consejería competente en dicha materia.
3. En todo caso, y en las condiciones del artículo 60 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Administración de la Comunidad Autónoma procederá a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de la obligación de iniciar, instruir y resolver los expedientes sancionadores por faltas graves, en el supuesto de falta de actuación por parte de los Ayuntamientos, previo requerimiento a estos, a costa y en sustitución de los mismos.
4. En los supuestos de asunción por la Administración Regional de las facultades sancionadoras que ordinariamente corresponden a los Ayuntamientos, serán las delegaciones provinciales o los órganos equivalentes de la consejería competente por razón de la materia para incoar y tramitar los respectivos procedimientos sancionadores y recaerá la facultad de resolver en la persona titular de la delegación provincial o titular del órgano que corresponda.
5. Cuando en una denuncia o acta se reflejen varias infracciones, la competencia se atribuirá al órgano que tenga potestad respecto de la infracción de naturaleza más grave.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1 de la Ley 7/2013, de 21 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-1367 .
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2011/03/21/7#art-53