Título TÍTULO V
Art. 25
En vigor desde 7 abr 2011
1. Para el acceso a las distintas escalas y categorías de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana se exige reunir los requisitos establecidos por la presente ley y por la normativa vigente en materia de función pública.
2. Para el acceso, asimismo, se deberán cumplir el requisito de titulación según los grupos de clasificación profesional exigidos en el artículo 23 de la presente ley para cada categoría.
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Proeli/es-vc/l/2011/04/01/7#art-25