Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 1 ene 2000
El Gobierno de Aragón impulsará la creación de una Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo y retribución de los empleados públicos al servicio de las Entidades Locales. Se añade por el de la Ley 15/1999, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-1654

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eli/es-ar/l/1999/04/09/7#disposicion-adicional-octava

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