Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 55

En vigor desde 27 jul 1981
Los anteproyectos de Ley presentados al Gobierno irán acompañados de una Exposición de Motivos en la que se expresarán sucintamente aquéllos que hubieren dado origen a su elaboración y la finalidad perseguida. Figurarán como anexos, cuando proceda, la relación de disposiciones derogadas o modificadas.
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eli/es-pv/l/1981/06/30/7#art-55

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