Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 60
En vigor desde 27 jul 1981
Adoptarán la forma de Decreto:
1.º Las disposiciones administrativas de carácter general y, en su caso, los acuerdos del Gobierno, que serán firmados por el Lehendakari y por el Consejero o Consejeros a quienes corresponda la propuesta.
2.º Las disposiciones del Lehendakari, que serán firmadas por él mismo.
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Proeli/es-pv/l/1981/06/30/7#art-60