Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Creación del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras

Art. 79

En vigor desde 25 jun 2020
El Instituto para la Transición Justa, O.A., tiene por objeto la identificación y adopción de medidas que garanticen a trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía más ecológica, baja en carbono, un tratamiento equitativo y solidario, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios. Se modifica por la disposición final 2 Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2020-6621#df-2

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eli/es/l/1997/12/30/66#art-79

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