Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 3 dic 2023
El régimen jurídico del patrimonio del Servicio Gallego de Salud se regirá por lo establecido en la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia y, en su defecto, por lo previsto en la presente ley. El Inventario de bienes y derechos del Servicio Gallego de Salud forma parte del Inventario general de bienes y derechos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
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eli/es-ga/l/2023/11/02/6#disposicion-adicional-quinta

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