Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Del régimen sancionador en materia de licencia ambiental y declaración responsable de apertura
Art. 51
En vigor desde 1 jun 2017
Serán sujetos responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas que, por acción u omisión, hayan participado en la comisión del hecho infractor, aun a título de simple inobservancia.
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Proeli/es-ri/l/2017/05/08/6#art-51