Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Del régimen sancionador en materia de licencia ambiental y declaración responsable de apertura

Art. 51

En vigor desde 1 jun 2017
Serán sujetos responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas que, por acción u omisión, hayan participado en la comisión del hecho infractor, aun a título de simple inobservancia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2017/05/08/6#art-51

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil