Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª Consejo Aragonés de la Juventud
Art. 22
En vigor desde 7 may 2023
Son fines del Consejo Aragonés de la Juventud:
1. Fomentar y canalizar la participación libre y eficaz de la juventud para el desarrollo político, social, económico y cultural.
2. Representar a la juventud aragonesa y defender sus derechos e intereses de manera global, ante los organismos públicos o privados, en aquellas cuestiones relacionadas con su desarrollo político, social, económico y cultural, dentro del marco de cooperación.
Se modifica por el art. único.5 de la Ley 12/2023, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2023-10877
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2015/03/25/6#art-22