Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 49
En vigor desde 9 ago 2012
La juventud gallega canalizará su participación en los asuntos públicos y en la sociedad civil a través de:
a) Las asociaciones juveniles y sus federaciones.
b) Las secciones juveniles de asociaciones no juveniles.
c) Las nuevas formas de asociacionismo juvenil sin personalidad jurídica.
d) El Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia.
e) Los consejos locales de juventud.
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Proeli/es-ga/l/2012/06/19/6#art-49