Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 41
En vigor desde 22 dic 2009
A fin de promover las relaciones y la colaboración entre las comunidades extremeñas y de éstas con las instituciones extremeñas, se celebrará cada cuatro años un Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas.
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Proeli/es-ex/l/2009/12/17/6#art-41