Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 69
En vigor desde 22 jun 2007
1. Corresponde al titular de la consejería competente en materia de juventud la imposición de sanciones por infracciones muy graves.
2. Corresponde al titular de la dirección del Instituto de la Juventud de la Región de Murcia, la imposición de sanciones por infracciones graves.
3. Corresponde al titular de la Secretaría General Técnica del Instituto de la Juventud de la Región de Murcia la imposición de sanciones por infracciones leves.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2007/04/04/6#art-69