Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Formación
Art. 33
En vigor desde 22 jun 2007
Se considera formación en materia de juventud, a efectos de la presente Ley, la educación no formal cuyos contenidos, metodologías y actuaciones se centran en los campos de la animación y la educación en el tiempo libre, así como en las actuaciones de juventud, y sirven de apoyo a la educación formal de la población joven de la Región de Murcia.
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Proeli/es-mc/l/2007/04/04/6#art-33