Título TÍTULO VI
Art. 81
En vigor desde 24 jun 2001
1. El Inventario General de Bienes y Derechos es el instrumento público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el conocimiento exacto del estado de su patrimonio público y de las variaciones que en él se produzcan.
2. La gestión del Inventario General de Bienes y Derechos corresponde a la Dirección General competente en materia de patrimonio.
3. La organización y el funcionamiento del Inventario deben determinarse reglamentariamente.
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Proeli/es-ib/l/2001/04/11/6#art-81