Capítulo CAPÍTULO III

Art. 24

En vigor desde 21 dic 1986
La Diputación General de Aragón velará para que los propietarios, poseedores o conservadores de archivos y documentos que forman parte del Sistema de Archivos de Aragón respondan de las obligaciones y cargas que según los casos les correspondan. El Departamento de Cultura y Educación podrá contribuir al cumplimiento de dichas obligaciones mediante la concesión de ayudas, subvenciones o acceso a créditos especiales.
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eli/es-ar/l/1986/11/28/6#art-24

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