Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Artículo sesenta y tres
En vigor desde 1 ene 1985
Se prorroga para el año 1985 lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para 1984.
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Proeli/es/l/1984/12/30/50#articulo-sesenta-y-tres