Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Art. 73

En vigor desde 1 ene 2022
Para la justificación de la exención provisional de la transmisión de vehículos usados con motor mecánico para circular por carretera, cuando el adquirente sea un empresario dedicado habitualmente a la compraventa de los mismos y los adquiera para su reventa, regulada en el artículo 45 I. B. 17 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será suficiente el cambio de titularidad del vehículo ante la Dirección General de Tráfico en el plazo previsto en el citado artículo.
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eli/es-an/l/2021/10/20/5#art-73

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