Título TÍTULO IV
Art. 28
En vigor desde 23 abr 2019
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley para los titulares de las instituciones y centros incorporados al sistema de bibliotecas de Canarias y para los titulares de centros y servicios integrados en la Red de Bibliotecas Públicas, o de los compromisos que pudieran adquirir como consecuencia de su integración, podrá conllevar la exclusión de los citados titulares del sistema y de la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias mediante resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de bibliotecas, previa tramitación de un procedimiento administrativo donde se dará audiencia al interesado.
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Proeli/es-cn/l/2019/04/09/5#art-28