Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 24

En vigor desde 23 abr 2019
Todas las bibliotecas que se integren en la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias, deberán reunir los siguientes requisitos mínimos: a) Apertura al público de 15 horas semanales, como mínimo, repartidas hasta en seis días. El mapa de bibliotecas de Canarias fijará el número mínimo de horas de apertura de las bibliotecas que se integren en la red, en función del número de habitantes de cada municipio. b) Profesionales bibliotecarios cualificados al frente de cada biblioteca, en los términos que establezca el mapa de bibliotecas de Canarias. c) Funcionamiento adaptado a los criterios, normativa y disposiciones reglamentarias que se aprueben para la Red de Bibliotecas de Canarias. d) Presupuesto anual para incremento y renovación de los títulos y colecciones. El presupuesto mínimo se establecerá por el mapa de bibliotecas en función del número de habitantes de cada municipio, entre otras consideraciones. e) Integración en el catálogo colectivo de la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias, y a todas aquellas plataformas, sistemas o herramientas de gestión necesarias para el correcto funcionamiento de la red. f) Prestación del servicio de préstamo interbibliotecario. g) Deber de trasladar toda la información necesaria para el directorio de bibliotecas y el mapa de bibliotecas insular y de Canarias, en los términos establecidos en la presente ley. h) Facilitar toda la información estadística que se solicite para la correcta evaluación de cada uno de los servicios que se lleven a efecto. i) Participación activa en los programas de fomento de la lectura que se impulsen o promuevan en cada uno de los ámbitos territoriales a los que pertenezca la biblioteca integrada en la red. j) Identificación en lugar visible de la imagen corporativa o logo de la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias. k) Cualquier otra función, servicio o procedimiento que se establezca para el correcto funcionamiento y la necesaria coordinación de la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias.
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eli/es-cn/l/2019/04/09/5#art-24

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