Libro LIBRO III›Título TÍTULO ÚNICO›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria decimoséptima
En vigor desde 1 ene 2020
El régimen de devengo de intereses establecido en el apartado noveno del artículo 104 de esta ley será aplicable a los expedientes que se encuentren en tramitación a 1 de enero de 2020.
Se añade por el de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1010
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2014/07/25/5#disposicion-transitoria-decimoseptima