Art. Disposición transitoria decimoséptima
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Art. Disposición transitoria decimoséptima

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En vigor desde 1 ene 2020
El régimen de devengo de intereses establecido en el apartado noveno del artículo 104 de esta ley será aplicable a los expedientes que se encuentren en tramitación a 1 de enero de 2020. Se añade por el de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1010

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eli/es-vc/l/2014/07/25/5#disposicion-transitoria-decimoseptima