Libro LIBRO III›Título TÍTULO ÚNICO›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria duodécima
En vigor desde 1 ene 2018
Los órganos promotores de los planes en los que se hayan emitido documentos de referencia asimilados al documento de alcance en aplicación de la disposición transitoria primera, apartado segundo, de esta ley, y los documentos de alcance emitidos y no caducados a fecha 1 de enero de 2018 en relación con un plan general o plan general estructural, podrán solicitar, justificadamente, la prórroga de su vigencia hasta el 20 de agosto de 2019, siempre que, antes del 20 de agosto de 2018, hayan remitido el anuncio de información pública al Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Se añade por el de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1871 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 38, de 13 de febrero de 2018. Ref. BOE-A-2018-3443
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Proeli/es-vc/l/2014/07/25/5#disposicion-transitoria-duodecima