Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 15
En vigor desde 4 jul 2013
1. La evaluación de la calidad de los servicios públicos consiste en analizar de manera sistemática y continuada la prestación de los servicios en relación con las expectativas ciudadanas y la medición del grado de cumplimiento de compromisos previamente establecidos por la unidad prestadora.
2. En este proceso de evaluación de la calidad:
a) Se considerarán los niveles de prestación de los servicios en relación con las expectativas de los ciudadanos y la medición del grado de cumplimiento de los compromisos previamente establecidos.
b) Se recogerán las opiniones de los ciudadanos destinatarios o usuarios de los servicios.
c) Se establecerán, a partir de los datos obtenidos, programas de mejora.
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Proeli/es-ar/l/2013/06/20/5#art-15