Art. 15
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 15

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En vigor desde 4 jul 2013
1. La evaluación de la calidad de los servicios públicos consiste en analizar de manera sistemática y continuada la prestación de los servicios en relación con las expectativas ciudadanas y la medición del grado de cumplimiento de compromisos previamente establecidos por la unidad prestadora. 2. En este proceso de evaluación de la calidad: a) Se considerarán los niveles de prestación de los servicios en relación con las expectativas de los ciudadanos y la medición del grado de cumplimiento de los compromisos previamente establecidos. b) Se recogerán las opiniones de los ciudadanos destinatarios o usuarios de los servicios. c) Se establecerán, a partir de los datos obtenidos, programas de mejora.
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