Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 4 oct 2013
Los usuarios de los servicios de comunicación audiovisual de las Illes Balears tienen los derechos que les reconoce la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de comunicación audiovisual, y los que se desarrollan en la presente ley.
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Proeli/es-ib/l/2013/10/01/5#art-4