Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO 4

Art. 62

En vigor desde 9 may 2008
Los servicios de atención a la víctima del delito tienen como finalidad, entre otras, ofrecer a las mujeres información y apoyo en los procedimientos legales que se derivan del ejercicio de los derechos que les reconoce la legislación vigente.
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eli/es-ct/l/2008/04/24/5#art-62

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