Título TITULO II›Capítulo CAPITULO II
Art. 27
En vigor desde 18 jul 2006
Constituye el elemento objetivo y hecho generador de los precios públicos la prestación de un servicio o la realización de una actividad y las entregas de bienes accesorias a las mismas, por parte de la Administración de la Comunidad o de sus organismos públicos, en los supuestos definidos en el artículo 25 de esta Ley.
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ProBOA-d-2006-90022#art-27