Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección segunda. Exclusión›§ Subsección tercera. Delimitación y amojonamiento
Art. 544
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En vigor desde 1 jul 2006
Los gastos de delimitación y amojonamiento corren a cargo de las personas interesadas, salvo que los dichos delimitación y amojonamiento deriven de un juicio contencioso, en cuyo caso hay que atenerse a lo establecido por las normas de procedimiento.
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Proeli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-544-11