Art. 544 · -12
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección segunda. Exclusión§ Subsección tercera. Delimitación y amojonamiento

Art. 544

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En vigor desde 1 jul 2006
Los gastos de delimitación y amojonamiento corren a cargo de las personas interesadas, salvo que los dichos delimitación y amojonamiento deriven de un juicio contencioso, en cuyo caso hay que atenerse a lo establecido por las normas de procedimiento.
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eli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-544-11