Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 23 abr 2003
Con carácter previo al inicio de las obras, la Consejería competente redactará el proyecto de construcción, que comprenderá las obras e instalaciones necesarias para el funcionamiento de la ruta o vía verde. Dicho proyecto contendrá cuantos documentos sean exigibles para la contratación administrativa de las obras y, específicamente, los siguientes:
a) Memoria descriptiva del objeto y necesidades a satisfacer y factores de todo orden a tener en cuenta.
b) Planos de conjunto y de detalle necesarios para la definición gráfica y numérica de las obras.
c) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
d) Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que se consideren de necesaria ocupación.
e) La justificación de la titularidad de los terrenos.
f) Señalización horizontal y vertical de la vía.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/26/5#art-5