Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

En vigor desde 23 abr 2003
Con carácter previo al inicio de las obras, la Consejería competente redactará el proyecto de construcción, que comprenderá las obras e instalaciones necesarias para el funcionamiento de la ruta o vía verde. Dicho proyecto contendrá cuantos documentos sean exigibles para la contratación administrativa de las obras y, específicamente, los siguientes: a) Memoria descriptiva del objeto y necesidades a satisfacer y factores de todo orden a tener en cuenta. b) Planos de conjunto y de detalle necesarios para la definición gráfica y numérica de las obras. c) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. d) Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que se consideren de necesaria ocupación. e) La justificación de la titularidad de los terrenos. f) Señalización horizontal y vertical de la vía.
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eli/es-ri/l/2003/03/26/5#art-5

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