Capítulo CAPÍTULO III

Art. 12

En vigor desde 9 abr 2003
Los derechos y obligaciones establecidos en la normativa extremeña de derecho público, serán de aplicación a los miembros de la pareja de hecho, en especial en materia presupuestaria, de subvenciones y de tributos propios.
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eli/es-ex/l/2003/03/20/5#art-12

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