Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 40
En vigor desde 1 nov 2002
La Consejería competente en materia de medio ambiente pondrá a disposición del público la información sobre el medio ambiente de interés para la Comunidad Autónoma de La Rioja que obre en su poder, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico básico del Estado.
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Proeli/es-ri/l/2002/10/08/5#art-40