Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 35
En vigor desde 1 nov 2002
La Comunidad Autónoma de La Rioja promocionará el conocimiento de los distintivos de garantía de calidad ambiental, así como el sistema de la etiqueta ecológica entre los consumidores y empresarios. En especial, dentro del marco jurídico vigente, podrá conceder ayudas económicas e incentivos a las empresas que fabriquen los productos que hayan obtenido o pretendan obtener la etiqueta ecológica comunitaria.
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Proeli/es-ri/l/2002/10/08/5#art-35