Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 7

En vigor desde 9 jul 2001
Las áreas de transporte de mercancías pueden ser centros de transporte de mercancías o estaciones de transporte de mercancías, que habrán de reunir, según sus características y funciones y la clase a la que pertenezcan, las condiciones y requisitos establecidos en la presente Ley y en su desarrollo reglamentario.
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eli/es-an/l/2001/06/04/5#art-7

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