Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 8 jun 2001
Queda derogada en toda su integridad la Ley 2/1996, de 30 de mayo, de derogación de la Ley 4/1995, de 5 de abril, de Crédito Cooperativo, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo preceptuado en la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2001/05/10/5#disposicion-derogatoria

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil