Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 30
En vigor desde 6 ago 1999
Con el fin de evitar que el uso del fuego para labores agrícolas, caleras o carboneo fuera de los terrenos forestales y de la Zona de Influencia Forestal pueda originar incendios forestales, reglamentariamente se establecerán los requisitos exigibles en garantía de la minimización del riesgo de los mismos.
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Proeli/es-an/l/1999/06/29/5#art-30