Título TÍTULO V
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 28 feb 1999
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo establecido en la presente Ley dentro de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria cuarta.
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Proeli/es-ga/l/1998/12/18/5#disposicion-derogatoria-unica