Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

En vigor desde 23 may 1998
Podrán asistir a las sesiones del Consejo Escolar de Aragón, previa citación de su Presidente, personas técnicamente cualificadas para que informen y asesoren al Consejo en materias de su competencia.
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eli/es-ar/l/1998/05/14/5#art-11

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