Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO›Secc. Sección 2. De las infracciones administrativas de los administrados y su sanción
Art. 43
En vigor desde 1 ene 2021
Uno. Es órgano competente para la imposición de sanciones por infracciones leves la persona que ostente la Dirección del Instituto Valenciano de Estadística y para las restantes la persona titular de la consellería competente en materia estadística.
Dos. El expediente sancionador se tramitara de conformidad con la Ley de procedimiento administrativo.
Se modifica el apartado 1 por el art. 114 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1859#a1-26
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1990/06/07/5#art-43