Título Impuestos directosCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 6.ª Impuestos Locales

Art. 28

En vigor desde 30 jun 1990
A partir de 1 de enero de 1990, y a efectos del Impuesto Municipal sobre la Radicación, se modifica la escala de coeficientes correctores en función de las nuevas cuotas de las Licencias Fiscales de Actividades Comerciales e Industriales y de Profesionales y de Artistas, resultantes del incremento del 7 por 100 que se establece en la presente Ley.
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eli/es/l/1990/06/29/5#art-28

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