Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 24 jun 1984
Los símbolos de Galicia se ajustarán en el plazo de un año a lo previsto en esta Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1984/05/29/5#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil