Capítulo CAPÍTULO V

Art. 19

En vigor desde 27 nov 2003
El Museo Nacional del Prado podrá realizar actividades mercantiles para el mejor cumplimiento de sus fines, incluida, en su caso, la creación o participación en sociedades o fundaciones cuyo objeto sea acorde con los fines del Museo.
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eli/es/l/2003/11/25/46#art-19

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