Libro LIBRO TERCERO›Título TÍTULO III
Art. Disposición transitoria sexta
En vigor desde 7 ene 2027
Permanecerán vigentes hasta su finalización los consorcios de concesión de los aprovechamientos pesqueros con las sociedades locales de pescadores suscritos al amparo de la Ley de 20 de febrero de 1942 por la que se regula el fomento y conservación de la pesca fluvial.
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Proeli/es-md/l/2026/07/02/4#disposicion-transitoria-sexta