Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 52

En vigor desde 6 ago 2025
1. El Espacio Ciudadano se constituye como un área de servicios digitales donde se incorporará toda la información relevante de las personas físicas o jurídicas, empresas y entidades usuarias, en adelante, persona interesada, con el objetivo de facilitar su relación con la Administración regional en aquellos trámites y procedimientos en los que sean parte. Para ello, el Espacio Ciudadano contará con un canal para la información y trámites para la ciudadanía y otro para las empresas. 2. El Espacio Ciudadano será accesible a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La persona interesada deberá asegurar el buen uso de los sistemas de identificación y velar por que el acceso al Espacio Ciudadano solo se haga por sí misma o por una tercera persona autorizada.
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eli/es-cm/l/2025/07/11/4#art-52

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